Documentación necesaria para el otorgamiento de una escritura de aceptación de herencia en Zaragoza
1.- Certificado del Registro Civil de Defunción del causante.
2.- Documento Nacional de Identidad del fallecido.
3.- Certificado de Ultimas Voluntades (en Zaragoza, en la Gerencia del Ministerio de Justicia, Paseo de la Independencia, número 32) para saber si falleció con Testamento o sin Testamento.
Testamento o acta de herederos:
- Si otorgó testamento: Hay que facilitar la copia autorizada, que es la única que tiene valor legal, y que la expide, o el notario que lo autorizó o el notario sucesor en el protocolo; o si es de más de 25 años el notario archivero (en Zaragoza en el Colegio Notarial). Únicamente las personas con algún derecho en la herencia (o aquellas que serían herederos en caso de no haber testamento) podrán solicitar copia del testamento.
- Si no otorgó testamento: Será necesario un acta notarial o judicial de herederos, según los casos.
4.- Certificado del Registro General de Seguros (en Zaragoza, en la Gerencia del Ministerio de Justicia, Paseo de la Independencia, número 32).
5.- Si el difunto estaba casado en régimen de separación de bienes: la copia de la Escritura de Capitulaciones Matrimoniales.
6.- INVENTARIO DE BIENES, tanto de los bienes comunes del matrimonio como de los bienes privativos del difunto, si los tenía:
Inmuebles: las escrituras, y los últimos recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de cada uno de ellos (antiguas Contribuciones Urbana y Rústica).
– Si son fincas rústicas, es conveniente aportar Certificaciones Catastrales descriptivas y Gráficas, para actualizar las descripciones respecto de las descripciones que constan en las Escrituras (en cualquier caso, las notarías tienen línea especial con el Catastro, que expide por vía telemática a petición del Notario Certificaciones Catastrales descriptivas y gráficas muy completas para las notarías, incluyendo valores y titulares).
– En fincas urbanas enteras y de cierta antigüedad (o sea que no sean pisos, locales, garajes ni trasteros en régimen de propiedad horizontal, ni tampoco viviendas unifamiliares en régimen de propiedad horizontal tumbada), por ejemplo, una casa entera, ya sea en capital y sobre todo en los pueblos, es conveniente aportar también las Certificaciones Catastrales descriptivas y gráficas, para actualizar las descripciones respecto de las descripciones que constan en las Escrituras.
Vehículos: Marca, modelo y matrícula, y Permiso de Circulación en el que constan los datos entre ellos el número de motor y bastidor.
Dinero y títulos en cualquier modalidad. (cuentas, libretas, plazos fijos, fondos de Inversión, acciones que coticen en Bolsa, cuentas de valores, obligaciones, bonos etc).: Certificados bancarios con el saldo o el valor al día del fallecimiento, en los que viene también si el titular único era el difunto o hay también otros cotitulares.
Acciones de sociedades anónimas que no coticen en Bolsa y Participaciones en sociedades de Responsabilidad Limitada: Escrituras de Adquisición.
Otros bienes: Si los hay de otra clase.
7.- INVENTARIO DE DEUDAS, tanto de las deudas comunes del matrimonio como de las deudas privativas del difunto si las tenía (préstamos, ya sean hipotecarios o personales): Certificados bancarios con el importe de las deudas al día del fallecimiento.
8.- DE LAS BAJAS (gastos de última enfermedad y entierro): Las facturas.
9.– Seguros: Certificado del Registro de Seguros de Cobertura de Fallecimiento (en Zaragoza en la Gerencia del Ministerio de Justicia, Paseo de la Independencia, número 32).
Y si hay seguros que han generado indemnización, aportar las Pólizas para saber el importe y el beneficiario del seguro, que no tiene por qué coincidir con los herederos y que percibe la indemnización, no como heredero, sino como beneficiario del seguro.
10.- Datos personales completos de todos los herederos interesados: nombre y apellidos, mayoría de edad (del cónyuge viudo la fecha de nacimiento para saber la edad exacta a efectos de valorar su usufructo), si hay menores de edad o incapacitados, profesión, estado civil, nombre del cónyuge en su caso, vecindad civil, domicilio, documento nacional de identidad, régimen económico matrimonial y si está casado en régimen de separación de bienes la copia de la Escritura de Capítulos Matrimoniales.
11.– Forma en que los interesados quieren distribuir la herencia.